Nuevo modelo doble tramo
Tras la última Sentencia del Tribunal Constitucional dictada resolviendo el conflicto positivo de competencias interpuesto por la Generalitat de Cataluña, el Gobierno, en cumplimiento del mandato de la sentencia, ha propuesto un nuevo modelo de reparto de doble tramo, a través del cual las Comunidades Autónomas se encargarán de gestionar el 80% de estos fondos, correspondiendo al Estado la gestión del 20%.
A continuación se detalla el proceso de cambio al nuevo modelo:
La Plataforma del Tercer Sector convocó una Asamblea extraordinaria, el 23 de febrero, para tomar una decisión conjunta sobre un nuevo modelo de gestión. Se aprobó por mayoría optar por un modelo de gestión compartida, es decir, un tramo de carácter autonómico y otro de carácter estatal.
El 26 de abril, el Pleno del Consejo Territorial de Servicios Sociales y Dependencia acordó por unanimidad un nuevo modelo mixto para las ayudas sociales del 0,7% del IRPF, lo que suponía una modificación del modelo vigente. Se creó un grupo de trabajo para concretar este nuevo modelo.
En la Asamblea Extraordinaria de la Plataforma del Tercer Sector, celebrada el 14 de junio, se aprobó por unanimidad transmitir al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad el desacuerdo con la gestión y la disconformidad con el nuevo modelo del 0,7% en el tramo autonómico
En el Pleno del Consejo Territorial de Servicios Sociales y Dependencia del 19 de junio, el Gobierno y las Comunidades Autónomas acordaron los criterios del nuevo modelo de gestión del 0,7%.
- Se acordó establecer un tramo estatal del 20% y un tramo autonómico del 80%. Para determinar la proporción de fondos que corresponden al tramo estatal se tuvo en cuenta cuáles son las competencias que el Estado puede ejercer en el ámbito de estos programas.
- En 2017 se repartirán 240,8 millones de euros, 6 más que en 2016, y de ese total, 48,2 millones corresponden al tramo estatal y 192,6 al autonómico.
- Para el reparto de los fondos de este año se mantendrá el porcentaje que recibió cada territorio en el ejercicio anterior.
- La aplicación de los fondos será finalista y el Ministerio recibirá por parte de las Comunidades Autónomas la justificación oportuna de las subvenciones.
Por último, el Consejo de Ministros aprobó el 23 de junio los criterios de distribución destinados a subvencionar, por parte de las Comunidades Autónomas y ciudades con Estatuto de Autonomía, programas de interés general con cargo a la asignación del 0,7% del IRPF para el año 2017.
Jurisprudencia previa:
Sentencia del Tribunal Constitucional con respecto a la convocatoria de subvenciones con cargo al 0,7% del IRPF, enero de 2017
Sentencia del Tribunal Supremo sobre el RD 536/2013, de subvenciones IRPF
Sentencia del Tribunal Supremo sobre el RD 535/2013, de subvenciones de régimen general