La Plataforma del Tercer Sector presenta aportaciones al Proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana

10/23/2014

• Con el objetivo de dar voz a la ciudadanía y contribuir a mejorar los derechos y libertades de las personas y en consecuencia, de toda la sociedad.

La Plataforma del Tercer Sector ha presentado a la Secretaria de Estado de Seguridad y portavoces parlamentarios de la Comisión de Interior del Congreso de los Diputados, las aportaciones del sector al Proyecto de Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana (LPSC), en tramitación en este momento, con el objetivo de dar voz a la sociedad civil y contribuir a mejorar los derechos y libertades de las personas.

Consideramos que el Proyecto de Ley, que se encuentra en la actualidad en trámite parlamentario, no era necesaria y no refleja en absoluto las preocupaciones y prioridades de la sociedad civil. En cambio destila una falta preocupante de sensibilidad social, derivando a concepciones de orden público que creíamos superadas.

Hemos de recordar que el objetivo principal de la normativa de seguridad ciudadana es GARANTIZAR el ejercicio de los derechos y las libertades, buscando los cauces de control adecuados a una pacífica convivencia social.

Los motivos alegados para la reforma no justifican, bajo nuestro punto de vista, una reforma tan extensa y tan amplia como la que se está discutiendo. Lo más destacable en ella es su desproporción sancionadora, su capacidad para castigar más y de forma más grave.

Valoramos que el texto es técnica y jurídicamente mejorable. Abusa de conceptos jurídicos indeterminados, lo que conlleva arbitrariedad y amplios márgenes de interpretación. La consecuencia directa es una gran inseguridad jurídica para los ciudadanos, que lejos de ver protegidos sus derechos y libertades se ven sancionados por ejercerlas.

La propuesta (conectada con la reforma del Código Penal) de trasladar conductas tipificadas como faltas al ámbito administrativo, tiene tres consecuencias muy graves:

A) la falta de garantías que conlleva un procedimiento penal: presunción de inocencia; presencia judicial y principio de defensa.

B) la aplicación del principio administrativo de “solve et repete”, primero paga y luego reclama.

C) La obligación de, en caso de querer recurrir una sanción por este motivo, pagar la tasa judicial.

El proyecto propone pasar de 26 infracciones a 58, incluyendo una nueva categoría de sanciones muy graves. Sancionar más y sancionar más caro no nos parece la vía para garantizar derechos y libertades fundamentales sino una forma de control social.

La Plataforma ha presentado un total de 17 enmiendas al artículado, centradas especialmente en garantizar los derechos de TODAS las personas, sin discriminación por razones de discapacidad, origen racial o étnico o situación social.

Entre otras cosas solicita:

 Se incluya una mención expresa a la prohibición de llevar a cabo posibles identificaciones causadas por perfiles raciales o étnicos dado que conllevan un acto de discriminación directa (Directiva 2000/43/CE)

 Se mantenga la autorización de registro domiciliario SOLO para la persecución de delitos flagrantes y no  cuando se presuma que se puedan estar cometiendo.

 Garantizar las medidas de accesibilidad  necesarias para garantizar los derechos de las personas con discapacidad.

 No se sancione o castigue especialmente a las personas por su situación de vulnerabilidad, sancionando, por ejemplo, el ejercicio de la prostitución; el consumo de drogas en la calle y el sinhogarismo.

Por último, destacamos con preocupación, la introducción en el último momento por parte del Grupo Popular en el Congreso, de disposiciones en materia de extranjería como el denominado rechazo en frontera, en un esfuerzo por legitimar vulneraciones de derechos humanos. 

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